¡DIGITALIZA TU NEGOCIO AHORA!
Subvenciones para empresas y autónomos para la digitalización y servicios de marketing online

Consigue hasta 12.000€ para digitalizar tu negocio

Conoce el Kit Digital, la subvención de Acelera Pyme para implementar diferentes soluciones digitales en tu negocio. Gestión de Redes Sociales, Diseño Web, Comercio Electrónico…

    Soluciones Kit Digital

    Sitio web y presencia en internet

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    Funcionalidades y servicios:

    Registro de dominio

    Hosting

     Creación de página web en WordPress

    Posicionamiento básico en internet y SEO básico

     Mantenimiento web 12 meses

    Importe de las ayudas:

     0 < 3 empleados: 2.000€

    3 < 9 empleados: 2.000€

     10 < 50 empleados: 2.000€

    Desde:

    1490€

    Presencia avanzada en internet

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    Funcionalidades y servicios:

    Posicionamiento básico en internet

    Análisis de palabras clave

     Análisis de competencia

    SEO On-Page y Off-page

    Importe de las ayudas:

    0 < 3 empleados: 2.000€

    3 < 9 empleados: 2.000€

    10 < 50 empleados: 2.000€

    Desde:

    2.000 €

    Gestión redes sociales

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    Funcionalidades y servicios:

    Creación de plan de Social Media

    Auditoría Social Media

    Gestión de una red social

    Publicación de 4 – 8 entradas mensuales

    Importe de las ayudas:

    0 < 3 empleados: 2.000€

    3 < 9 empleados: 2.500€

    10 < 50 empleados: 2.500€

    Desde:

    2.000 €

    Comercio electrónico

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    Funcionalidades y servicios:

    Registro de dominio

    Hosting

    Creación de tienda en WordPress o Prestashop

    Posicionamiento básico en internet y SEO básico

     Mantenimiento web 12 meses

    Importe de las ayudas:

     0 < 3 empleados: 2.000€

     3 < 9 empleados: 2.000€

     10 < 50 empleados: 2.000€

    Desde:

    2.000 €

    Desarrollo Marketplace

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    Funcionalidades y servicios:

    Apertura de cuenta y alta de perfil en una plataforma Marketplace

    Definición de estrategia

    Alta de referencias y creación de listing

    Importe de las ayudas:

     0 < 3 empleados: 2.000€

     3 < 9 empleados: 2.000€

     10 < 50 empleados: 2.000€

    Desde:

    2.000 €

    ¿A quien va dirigida la subvención Kit Digital?

    Hasta 12.000€

    Para empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.

    Hasta 6.000€

    Para empresas y microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados.

    Hasta 2.000€

    Para empresas de entre 1 y menos de 3 empleados.

    ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la subvención Kit Digital?

    Ser empresa, microempresa o autónomo.

    Además de estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria (6 meses).

    Estar al corriente de tus obligaciones

    Es decir, obligaciones tributarias y de la Seguridad Social al día. Además la empresa no puede tener consideración de empresa en crisis.

    Estar al corriente con la Comisión Europea

    La empresa no puede estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

    Límites financieros y de ayudas

    Tendrás que cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas así como no superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es el importe de cada subvención?

    Se establece una cuantía mínima de 1.000 euros y una máxima de 6.000 euros, pudiendo ser subvencionables el 100% de los gastos.

    Para solicitar las ayudas, tendrás que presentar un proyecto que detalle en qué vas a invertir la subvención y justificar posteriormente que se ha realizado, presentando las facturas.

     

    ¿Quiénes pueden obtener esta subvención?

    Para autónomos(personas físicas), autónomos agrarios, sociedades laborales y sociedades cooperativas de Andalucía.

    ¿Qué fecha de ejecución tienen los proyectos de inversión?

    Se podrán incluir los gastos realizados en estos proyectos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de la subvención y como fecha máxima de ejecución seis meses desde que se dicte la resolución de concesión. Se permite ejecutar parcialmente, siempre que quede completamente finalizado durante el plazo máximo de seis meses desde que se dicte la resolución de concesión.

    ¿Qué obligaciones me piden?

    Solo tres cosas:

    1.- Mantener ininterrumpidamente su situación de alta o/y situación activa al menos 1 año desde la presentación de la solicitud.

    2.- Cumplir con la obligación de mantener afectos al proyecto de inversión subvencionado los bienes inventariables objeto de subvención durante al menos dos años a contar desde el pago de la subvención. 

    3.- Estar al corriente de pago con las administraciones.

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