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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el importe de cada subvención?

Se establece una cuantía mínima de 1.000 euros y una máxima de 6.000 euros, pudiendo ser subvencionables el 100% de los gastos.

Para solicitar las ayudas, tendrás que presentar un proyecto que detalle en qué vas a invertir la subvención y justificar posteriormente que se ha realizado, presentando las facturas.

 

¿Quiénes pueden obtener esta subvención?

Para autónomos(personas físicas), autónomos agrarios, sociedades laborales y sociedades cooperativas de Andalucía.

¿Qué fecha de ejecución tienen los proyectos de inversión?

Se podrán incluir los gastos realizados en estos proyectos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de la subvención y como fecha máxima de ejecución seis meses desde que se dicte la resolución de concesión. Se permite ejecutar parcialmente, siempre que quede completamente finalizado durante el plazo máximo de seis meses desde que se dicte la resolución de concesión.

¿Qué obligaciones me piden?

Solo tres cosas:

1.- Mantener ininterrumpidamente su situación de alta o/y situación activa al menos 1 año desde la presentación de la solicitud.

2.- Cumplir con la obligación de mantener afectos al proyecto de inversión subvencionado los bienes inventariables objeto de subvención durante al menos dos años a contar desde el pago de la subvención. 

3.- Estar al corriente de pago con las administraciones.

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